Mi cuenta

1/6

Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.

La Caja de Ahorros de Ontinyent está adherida al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito español. El Fondo garantiza la cantidad máxima de 100.000 euros por depositante en cada entidad de crédito.


Cuentas a la vista

Cuenta de pago básica

La cuenta de pago básica es una cuenta corriente denominada en euros, con total liquidez, para cuya contratación no es obligatorio contratar otros servicios.

Se trata de una cuenta en euros de uso personal y no profesional, para personas físicas mayores de edad.

Podrán tener acceso a ella las personas que cumplan las siguientes condiciones:

  • Sean residentes legalmente en la UE, incluidas las que no tengan un domicilio fijo.

  • Solicitantes de asilo.

  • Las que no tengan permiso de residencia pero sea imposible su expulsión por razones jurídicas o de hecho.

  • No dispongan de otra cuenta, con las condiciones descritas, que permita realizar los mismos servicios y operaciones bancarias en otra entidad en España.

Caracteristicas de la Cuenta

Las principales características de una Cuenta de pago básica son las siguientes:

  • Puede tener uno o más titulares, que deberán cumplir las condiciones que se han descrito previamente.

  • Sólo se permitirá una cuenta por titular y deberá formalizarse el correspondiente contrato de apertura en una oficina, aportando la información requerida en cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

  • Esta cuenta no admite descubierto, talonario de cheques ni libreta.

  • Asociados a la misma, el titular podrá contratar:

  • El servicio de banca electrónica, CO.net. A través de este servicio el titular de la cuenta podrá gestionarla y realizar operaciones de pago, transferencias, órdenes permanentes, etc.

  • Tarjeta de débito, con la que se podrá retirar efectivo a débito en cajeros automáticos y realizar operaciones de pago con cargo a la cuenta.

  • Los titulares de esta cuenta podrán acceder a los siguientes productos y servicios:

  • Realizar depósito de fondos en efectivo en euros.

  • Retirar dinero en efectivo en euros en las oficinas o cajeros de Caixa Ontinyent si se contrata la tarjeta de débito asociada a esta cuenta. 

  • Realizar las operaciones de pago en la Unión Europea que se indican a continuación: 

  • Adeudos domiciliados en euros.

  • Operaciones de pago mediante la tarjeta de débito, asociada a la cuenta, incluidos pagos en línea.

  • Transferencias en euros, incluyendo órdenes permanentes, en las oficinas de la Caja o a través de CO.net, siempre que el cliente contrate el servicio de banca electrónica de la Caja.


Procedimiento para la apertura de una cuenta de pago básica

Para contratar esta cuenta, la persona interesada deberá formalizar el correspondiente contrato de apertura en una oficina de Caixa Ontinyent y declarar que no dispone de ninguna otra cuenta de pago en otra entidad en España que le permita realizar los servicios asociados a esta cuenta básica.

Para poder realizar dicha apertura, las personas que residan legalmente en la UE, incluidas las que no tengan domicilio fijo, deberán aportar su documento de identificación (DNI, Pasaporte o NIE).

Los solicitantes de asilo, deberán aportar el Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional, también conocido como Tarjeta roja, su Pasaporte, si dispone del mismo, o Documento de identidad de su país de origen, así como documentación económica sobre el origen de los fondos a recibir (ayudas o prestaciones recibidas por parte de ONG’s).

En cuanto a las personas que no tengan un permiso de residencia pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho, deberán aportar la documentación que permita acreditar tal situación, como puede ser la solicitud de la concesión del derecho de asilo, mediante el comprobante de solicitud sellado por la Policía Nacional unido a su pasaporte, documento expedido por la Policía Nacional de solicitante de asilo, documento acreditativo de que se haya obtenido la condición de refugiado y documentación económica sobre el origen de los fondos a recibir (ayudas o prestaciones recibidas por parte de ONG’s). 

Información requerida en cumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Régimen gratuito para personas en situación de vulnerabilidad.

El titular no tendrá que pagar la comisión de mantenimiento de la cuenta si acredita que se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera, en los términos previstos en el Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas. 

Para tener derecho a este régimen gratuito, todos los titulares y autorizados de la cuenta deberán acreditar que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Para ello, el titular o los titulares deberán solicitar a Caixa Ontinyent el reconocimiento del derecho a que se les aplique el régimen gratuito y acreditar que sus ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superan:

  • Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas vigente en el momento de efectuar la solicitud, si no está integrado en ninguna unidad familiar.

  • Dos veces y media dicho indicador si está integrado en una unidad familiar de menos de cuatro miembros.

  • El triple del indicador si se trata de una unidad familiar de cuatro o más miembros o que tenga reconocida la condición de familia numerosa, o si se trata de una unidad familiar que tenga en su seno a una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento reconocido oficialmente. 

Además, ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá ser titular, directa o indirectamente, de ningún derecho real sobre bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual, ni ostentar titularidad real de sociedades mercantiles.

Para la determinación del concepto de unidad familiar se estará a lo establecido la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. No obstante, a estos efectos, tendrán la misma consideración las parejas de hecho constituidas de conformidad con los requisitos que les fueran exigibles, que los cónyuges no separados legalmente.

El titular, o titulares y autorizados, deberán aportar a Caixa Ontinyent la siguiente información de todas las personas que conformen la unidad familiar:

  • Número de personas que componen la unidad familiar, aportando el libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho.

  • Percepción de los ingresos, para cuya acreditación cada uno de sus miembros deberá aportar alguno de los siguientes documentos:

  • Certificado de rentas y, en su caso, certificado del Impuesto de Patrimonio, del último ejercicio tributario.

  • Últimas tres nóminas percibidas.

  • Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, expedido por la entidad gestora, en el que figure la cuantía mensual percibida.

  • Certificado de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas y las entidades locales.

  • En caso de trabajadores por cuenta propia, certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad.

Si el titular no dispone de esta documentación, deberá aportar un informe emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento en que esté empadronado, en el que se indique la composición de la unidad familiar o en el que se motive la idoneidad para el acceso al régimen gratuito de la cuenta de pago básica.

Además, el titular autorizará a Caixa Ontinyent para que ésta pueda obtener por medios telemáticos información sobre la ausencia de titularidad de derechos reales sobre bienes inmuebles y de sociedades mercantiles.

Caixa Ontinyent comunicará al titular el reconocimiento o la denegación de la condición de gratuidad por escrito y de forma gratuita, en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de la aportación completa de la información señalada. Transcurrido este plazo sin que Caixa Ontinyent haya remitido comunicación al titular, se entenderá que reconoce la gratuidad.

El régimen gratuito de la cuenta se mantendrá durante un periodo de dos años, a contar desde su reconocimiento. Dos meses antes de que transcurra este plazo, Caixa Ontinyent solicitará al titular que actualice la información que acredite su situación de vulnerabilidad. En cualquier caso, el titular perderá el derecho al régimen gratuito si Caixa Ontinyent verifica que ha dejado de estar dentro del colectivo de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.

Procedimientos de resolución de controversias

Las discrepancias que pudieran surgir, relacionadas con la cuenta de pago básica o servicios asociados, podrán ser objeto de reclamación conforme a lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, relativa a la resolución alternativa en materia de consumo.

Es por ello que con la finalidad de atender las reclamaciones, Caixa Ontinyent mantiene a disposición del titular de la cuenta un Servicio de Atención al Cliente, al que puede acceder rellenando un formulario, disponible en la dirección electrónica www.caixaontinyent.es, o remitiendo un escrito dirigido a este Servicio a la dirección postal en Ontinyent (46870), Pza. Santo Domingo, 24, o a través de nuestras oficinas.

En caso de disconformidad con la resolución emitida por este Servicio o si, transcurridos los plazos establecidos por la normativa aplicable, no obtuviera una resolución, el titular podrá dirigirse al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, con domicilio en Madrid (28014), calle Alcalá, 50 en su condición de autoridad supervisora, debiendo aportar para ello la documentación justificativa de la tramitación de su reclamación ante este Servicio de Atención al Cliente de Caixa Ontinyent.


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Atención telefónica
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